INTRODUCCIÓN
¿Alguna vez ha tratado de accesar a una página web desde el ordenador de su oficina y el acceso le ha sido negado? O tal vez ¿Ha tratado de descargar una aplicación y no le es posible completar la acción? Si su respuesta fue afirmativa a alguna de estas interrogantes, felicitaciones, la empresa en donde labora controla el uso del internet. Además, la oganización podría estar viglando y registrando toda su actividad en la web. No, esto no es un guión de una pelicula, es una actividad común dentro de las organizaciones. En principio, ésta práctica llevda a cabo por las empresas dentro del área de trabajo parecería una estrategia encaminada a mitigar el ocio en el trabajo. No obstante, si se reflexiona en la posibilidad de una invasión a la privacidad surge la interrogante: ¿Qué tan ético es controlar el uso del internet entre los empleados de una empresa? El presente trabajo busca responder la interrogante mediante el análisis del origen de ésta practica, así como de las tendencias y situaciónes similares en otros países. También se aborda el uso de la redes sociales en el área de trabajo y su repercusión en el desempño laboral. Otro punto importante en el presente trabajo son las legislaciones que se han implantado para regular la práctica del control del uso de internet y sus consecuencias. Asimismo, se analiza la situación en las empresas mexicanas y las repercusiones desde un punto de vista ético.
ABSTRACT
It has been estimated that almost half of the employers have fired one of their employees because they were using internet innapropiately. Even though, it has been demosntrated that using internet and particularly social networks doe not have a negative repercusion in the productivity. Companies are still monitoring the use of internet among their employees invading their privacy. As a consequence, many countries around the world have approved laws to protect the privacy. The purpose of this essay is to determine the pertinence of monitoring the use of internet inside the companies. The present work also cites some examples and it highlights the situation en Mexico.
“La creación y desarrollo de Internet es una extraordinaria aventura humana. Muestra la capacidad de las personas para trascender las reglas institucionales, superar las barreras burocráticas y subvertir los valores establecidos en el proceso de creación de un nuevo mundo”. (Manuel Castells, 2001).
Si bien los avances tecnológicos suelen ser resultado de procesos convergentes, es posible afirmar que Internet tiene sus orígenes en un proyecto del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, iniciado en 1969. El proyecto consistía en establecer un sistema de comunicaciones a prueba de intercepciones, pensado para conflictos o crisis mundiales, dentro del contexto de la llamada “Guerra Fría”. Con este proyecto se quería lograr una red digital de comunicaciones que siempre estuviera funcionando; Con el paso del tiempo el internet evolucionó y en la década de los 80’s el servicio más popular entonces era el e-mail (electronic mail), que permitía una fácil y rápida comunicación entre diferentes personas conectadas. El sistema operativo que más se utilizaba era UNIX y, en especial, una versión de UNIX desarrollada por la universidad de California en Berkeley, llamada BSD UNIX. Para 1985, las redes locales en computadoras personales estaban creciendo a ritmo acelerado, lo cual ayudó a completar la idea de Internet.
El origen del internet parece un acontecimiento lejano. Atrás quedó el uso exclusivo del internet por parte de los altos mandos de la milicia, de científicos en universidades de prestigio o de los habitantes de países desarrollados. En nuestros días, todo el mundo tiene acceso al internet. La accesibilidad del internet ha permitido el desarrollo de herramientas útiles para la sociedad y una de ellas son las redes sociales.
De acuerdo al sitio web “informática hoy” el origen de las redes interactivas se remontan al año 1995. Tengamos en cuenta que fue en esa época cuando Internet había logrado convertirse en una herramienta prácticamente masificada.
Randy Conrads fue el verdadero pionero del servicio, mediante la creación del sitio web que llevaba por nombre "Classmates", y el cual consistía en una red social que brindaba la posibilidad de que las personas de todo el mundo pudieran recuperar o continuar manteniendo contacto con sus antiguos amigos, ya sea compañeros de colegio, de la universidad, de distintos ámbitos laborales y demás, en medio de un mundo totalmente globalizado. A partir de este antecedente las redes sociales han evolucionado hasta las que conocemos en nuestros días. Facebook, Twitter, Instagram, y What’s app entre otras tienen una presencia relevante a tal grado de modificar nuestra forma de comunicarnos, estilo de vida y de comportamiento en prácticamente todos los escenarios en donde nos desenvolvemos.
Randy Conrads fue el verdadero pionero del servicio, mediante la creación del sitio web que llevaba por nombre "Classmates", y el cual consistía en una red social que brindaba la posibilidad de que las personas de todo el mundo pudieran recuperar o continuar manteniendo contacto con sus antiguos amigos, ya sea compañeros de colegio, de la universidad, de distintos ámbitos laborales y demás, en medio de un mundo totalmente globalizado. A partir de este antecedente las redes sociales han evolucionado hasta las que conocemos en nuestros días. Facebook, Twitter, Instagram, y What’s app entre otras tienen una presencia relevante a tal grado de modificar nuestra forma de comunicarnos, estilo de vida y de comportamiento en prácticamente todos los escenarios en donde nos desenvolvemos.
La irrupción de las redes sociales en el área laboral es un tema de discusión. Muchas empresas han puesto atención a este fenómeno y tanto es así, que han empezado ha regular el uso del internet entre sus empleados. Por una parte, las redes sociales son consideras una herramienta para crear vínculos profesionales, y por otro lado son vistas como factores decisivos en la reducción de la productividad. Esta controversia es abordada en un artículo del diario la nación el cual hace referencia a esta dualidad. “En el campo comercial, las redes sociales han servido de plataforma para impulsar los negocios de las personas, con resultados muy positivos, dada la inmediatez y la facilidad para transmitir datos e imágenes sobre los productos o servicios ofrecidos a los consumidores.
En el ámbito laboral, hay quienes sostienen que el uso de las redes sociales afecta la productividad de la empresa, pues los empleados dedican parte de su jornada laboral a la actualización de sus perfiles sociales y esto no beneficia el fin comercial perseguido por la compañía y que mientras las personas están distraídas en su navegación por la red, realmente no están trabajando, aunque estén, presencialmente, en su puesto laboral.
Según la firma Learnstuff.com, se dice que uno de cada diez trabajadores se concentra por más tiempo navegando en Internet que en las labores para las que fue contratado. Indica que los trabajadores interrumpen su actividad laboral cada 10,5 minutos para actualizar sus perfiles sociales, bien sea tuiteando, actualizando su estado en Facebook, o enviando mensajes a sus amigos y amigas”.
El caso particular de los mexicanos según la revista mundo ejecutivo no es tan diferente. “De los mexicanos que trabajan en oficinas entre ocho y 10 horas diarias, 40% se distrae por navegar en Internet, sobre todo para consultar información de actualidad, de acuerdo con el portal Trabajando.com. El sitio de empleo expone que según los resultados de una encuesta, estar frente a una computadora o tener a la mano dispositivos móviles en la jornada laboral obligan involuntariamente a los trabajadores a usarlos de vez en cuando para tareas que no son del trabajo. El estudio revela además que 60% de los encuestados navega en Internet menos de 30 minutos, pero 8% permanece por más de dos horas. Del tiempo que los empleados pasan en Internet, la mayoría lo dedica para consultar información de actualidad, mientras que 19% lo utiliza para jugar y otro 15% para estar al pendiente en sus redes sociales. Pese a ello, de las dos mil 200 personas encuestadas, 91% se considera productiva, refiere la firma en un comunicado. La directora corporativa de Comunicación del portal, Margarita Chico, consideró válido tener un momento de respiro o descanso durante la jornada laboral, sin que eso afecte el rendimiento o la productividad de los empleados. Sin embargo, afirma, la tecnología ofrece distractores para los empleados, quienes “deben utilizarla con responsabilidad, concentrarse en ser proactivos, bien orientados al logro de las metas y manifestar su madurez profesional”
Pero, ¿realmente es tan perjudicial el hecho de revisar las redes sociales en el área de trabajo? El mismo artículo señala las ventajas de tener libertad de realizar esta actividad. “las redes sociales se han convertido en una potente herramienta de comunicación que, al menos, no es factible echar de menos en el entorno laboral. En efecto, bien canalizado el uso de dicho medio de comunicación por parte de las jefaturas o gerencias, se estimula a la fuerza laboral en la consecución de las metas empresariales propuestas. Los trabajadores y los trabajadores sometidos a altas cargas de estrés deben tener consigo momentos de liberación y de relajación, para mantener niveles óptimos de productividad. Para muchos, el problema del uso de las redes sociales en el trabajo se circunscribe, únicamente, al abandono virtual que hace el trabajador de sus labores. Sin embargo, el empleado mediocre y poco productivo, tiene por convicción propia trabajar lo menos posible con tal de ganarse su salario, sea a través del uso de las redes sociales o de cualquier otra excusa, de tal manera que ante la identificación de este perfil de colaboradores lo que procede, de inmediato, es su sustitución por otra persona más eficiente. Los gerentes y jefes de las empresas no pueden obviar el hecho que un trabajador satisfecho, en su lugar de trabajo, puede convertirse en el mejor. Si este considera que la empresa se preocupa por su bienestar, y le permite ciertas licencias, se sentirá más identificado con la organización, con las metas perseguidas y procurará mantener dichos beneficios”.
Aun cuando se ha demostrado que el uso de las redes sociales no es un factor que afecte la productividad de las empresas, la controversia continúa y no ha prevenido a las organizaciones de controlar, restringir y hasta vigilar el uso del internet entre sus empleados. En este punto surge la interrogante ¿Qué tan ético es controlar y vigilar el uso del internet dentro de las empresas? de acuerdo con una publicación del a revista Forbes “En México y en otros países, el empleo de tecnologías para supervisar la actividad de los trabajadores resulta una práctica común y, hasta hace poco, relativamente poco cuestionada desde el punto de vista de la privacidad de los trabajadores. Como señala Privacy International la tecnología que actualmente se está desarrollando resulta extremadamente poderosa y permite, por ejemplo: Leer de manera automática palabras clave contenidas en los correos electrónicos, filtrar correos y generar reportes específicos; Monitorear la actividad del empleado cuando accede a internet a través de la red corporativa; Identificar patrones de consumo telefónicos de un trabajador, incluidas las personas que participaron en la llamada y el tiempo invertido en llamadas personales”
“Desde el punto de vista temporal, el monitoreo puede abarcar la actividad del empleado durante la jornada laboral y extenderse fuera de ella permitiendo incluso revelar su ubicación (geolocalización) durante un fin de semana. En el plano físico, se puede vigilar igualmente a un empleado que se encuentra dentro de la oficina (utilizando un equipo de la empresa) que a un empleado que se ubica en su propia casa y está conectado a la intranet corporativa a través de su propia tablet.”
Tanto directores y empleados deben ser cuidadosos con la vigilancia y uso de internet respectivamente ya que según una encuesta hecha por CareerBuilder reveló que casi la mitad de los empleadores monitorean el uso de internet y los emails de los empleados, y que 21% de ellos han despedido a alguien por utilizar la red para actividades diferentes a las del trabajo. Los autores del reporte advierten que, aunque los directivos son conscientes de que sus empleados invierten algún tiempo del día en asuntos privados, se debe tener cuidado con el uso que se le da a internet en la oficina.
El uso de internet en las compañías y su monitoreo por parte de los directivos constituye un tema delicado, ya que se adentra en el borroso límite que hay entre el control legítimo que deben y pueden tener las empresas sobre su personal, y la vida privada de cada una de las personas que trabajan para ellas.
Así, hoy existen diversos niveles de monitoreo en las empresas: algunas tienen políticas que incluyen el control y la revisión constantes de lo que hacen sus empleados por internet, mientras que otras han optado por respetarles el derecho a la privacidad y por tratar de controlar el tiempo de trabajo de otras formas.
Este tema ha alcanzado niveles globales y en un reporte emitido por las Naciones Unidas y publicado por el portal eldiario.es el tema es abordado. “Un informe de la Asamblea de Naciones Unidas fechado el 17 de abril de 2013 destaca la facilidad tecnológica existente en la actualidad para vigilar las comunicaciones. Existen herramientas para monitorizar el tráfico web, así como las llamadas y los mensajes de texto. De la misma manera se puede intervenir la red de individuos concretos, teniendo acceso a sus datos y conexiones privadas. También señala que ha sido una ambición de los estados desde hace tiempo el interceptar este tipo de comunicaciones”.
“Los argumentos de la seguridad nacional y la lucha contra el crimen son los más recurrentes para justificar cambios en las legislaciones que permitan la vigilancia. El documento de la ONU reconoce la importancia que pueden tener estas comunicaciones para los propósitos anteriores. Pero las leyes que regulan la intervención de los estados en el control de Internet suelen ser inadecuadas o inexistentes. Los marcos legales inadecuados a nivel nacional crean un suelo fértil para violaciones arbitrarias e ilegales del derecho a la privacidad en las comunicaciones. Y, consecuentemente, también amenazan la protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión”
Invadir la privacidad de los empleados atenta contra algunas garantía individuales, por esta razón en muchas partes del mundo existen legislación que regulen esta práctica en las organización. En la misma publicación del portal eldiario.es se señalan algunos casos. “La Unión Europea aprobó en 2006 la Directiva de Retención de datos, mediante la cual se obliga a los proveedores de telecomunicaciones a conservar información de la actividad de sus clientes durante un periodo entre seis meses y dos años. Los números de teléfono de las llamadas, direcciones IP, localización, destinatarios de correos electrónicos y otros detalles para identificar las comunicaciones de los usuarios, así como su duración, pueden estar a disposición de las autoridades si lo necesitan.
Muchos países complementaron esta directiva con legislaciones nacionales. Incluso algunos de fuera de la Unión Europea, como Serbia e Islandia, han adoptado leyes basadas en este modelo. En España, el texto procedente de Bruselas se concretó en la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones. En ella se exige a los operadores que conserven una serie detallada de datos orientados a identificar a los sujetos que realizan una conexión, cuánto dura ésta, cuándo se produce y desde qué lugares.
En Alemania, Rumanía, República Checa, Chipre y Bulgaria ha habido tribunales que han declarado inconstitucionales las leyes que estos países promulgaron basándose en la directiva Europea. Juristas en el Parlamento Europeo han defendido que la normativa promueve la vigilancia de la sociedad y perjudica a los derechos humanos. Uno de los estados que más apoyó en su momento el texto legal europeo fue Reino Unido, con el respaldo de Estados Unidos.
En estos momentos en Reino Unido está en proceso de aprobación un proyecto de ley con una de las legislaciones más intrusivas que se han dado en telecomunicaciones. Joe McNamee, director ejecutivo de Edri.org, que lucha por los derechos digitales en la UE, explica que la ‘Communication Data Bill’ constituye la medida más alarmante que un país democrático ha propuesto. “Básicamente permite al estado acceder a múltiples bases de datos de compañías privadas, para generar perfiles de personas más detallados incluso que los que las propias compañías pueden producir. Por ejemplo, el estado podría obtener datos del perfil de Facebook, datos de localización del operador móvil, detalles de los contactos de email de un proveedor de correo”.
En México existe una legislación en materia de internet y el origen y propósito es descrito por el sitio web universia. “El desarrollo de la tecnología ha permitido el aumento en la cantidad de usuarios mexicanos de redes sociales. Según un informe del año 2012 elaborado por la Asociación Mexicana de Internet, en el país hay 40,6 millones de personas que usan las redes sociales, y Facebook es la preferida. En este contexto, surgió la necesidad de crear normas que garantizaran los derechos de los individuos en este ámbito. Las leyes, que fueron creadas a medida que se fueron produciendo los avances, tienen por objetivo proteger los datos personales de los usuarios, regular la interacción de las personas a través de esos medios y evitar las ilegalidades. Con tal fin fueron establecidas la Ley Federal de Protección de Datos, la Ley Federal del Consumidor, la Ley Federal de Derechos de Autor y las políticas propias que regulan las actividades en Internet”.
En México, el IFAI llama a las empresas a buscar un equilibrio. “En este sentido, tan importantes son el derecho al honor, la privacidad y la imagen propia de las personas, como pueden ser los derechos de la empresa, máxime, en una época en que la empresa enfrenta amenazas considerables como el robo de información, los ataques informáticos o la necesidad de vigilar el cumplimiento interno de regulaciones sofisticadas (como pueden ser las relacionadas a lavado de dinero o las prácticas anticorrupción)”.
Para lograr este equilibrio no hay una solución única; las condiciones de balance pueden variar en función de la tecnología utilizada, los fines que podrían justificar el monitoreo y los derechos de la empresa en un contexto específico (por ejemplo, la investigación de una conducta ilícita). Sin embargo, algunas acciones que consideramos que las empresas pueden contemplar en su estrategia son las siguientes:
1. Actualizar sus políticas internas. Las empresas suelen proporcionar al empleado información sobre sus políticas de uso de redes corporativas. Sin embargo, en muchas ocasiones estas políticas no han sido actualizadas para enfrentar los nuevos retos regulatorios. Todavía es frecuente encontrar leyendas que establecen que el empleado renuncia a cualquier expectativa de la privacidad, situación que podría contravenir la legislación en materia de protección de datos. Adicionalmente, es importante asegurarse que la calidad de información que se entrega a los empleados sea la adecuada, a fin de delinear apropiadamente el nivel de privacidad que debe esperar un empleado.
2. Identificar componentes de la estructura de comunicaciones. En muchas políticas se solía partir del principio de que si el equipo es propiedad de la empresa, la propiedad de la información también lo es. Sin embargo, en la actualidad los empleados reciben autorización de la empresa para usar sus propios equipos y conectarlos a las redes corporativas (bajo el modelo Bring Your own Device o BYOD). La actividad de los empleados en redes sociales puede añadir también una problemática propia. Una política adecuada debe obligar al empleado a observar pautas de conducta específicas en los diversos componentes de la infraestructura y al empleador a reconocer que un trabajador puede tener expectativas de privacidad diferentes, según el canal o equipo que utiliza.
3. Realizar evaluaciones de impacto de privacidad. En ocasiones, una empresa puede adoptar una tecnología de monitoreo simplemente por el hecho de que es barata y porque quien la vende la publicita como crítica para aumentar la productividad; en otras, la gerencia puede revisar la información privada de un empleado sin una justificación sólida o sin establecer medidas que eviten transgredir su privacidad. En este sentido, es importante que el área o la persona encargada de la protección de datos personales en cada empresa participe en la evaluación de estas iniciativas y determine los riesgos en los que podría incurrir la empresa y los medios que podrían ser usados para limitar la posible invasión a la privacidad.
En conclusión lo más ético para empleadores y empleados es la determinación de normas claras desde el principio entre las compañías y sus empleados, de manera que cada uno actúe de acuerdo con ese reglamento que aceptó para su trabajo diario, evitando así sorpresas que pueden resultar muy negativas para todos y terminar afectando a las personas, las empresas y los negocios en general.
REFERENCIAS
Moreira, A.. (2014). Uso de las redes sociales en el trabajo. Diciembre 6, 2016, de La Nación Sitio web: http://www.nacion.com/opinion/foros/Uso-redes-sociales-trabajo_0_1395860403.html
GorBrit. (2014). Las Redes Sociales: Origen. Diciembre 6, 2016, de GorBrit Social Media Sitio web: https://gorbrit.wordpress.com/2014/06/24/las-redes-sociales-origen-y-evolucion/
Mckenzie B.. (2013). El monitoreo de los empleados ¿Una amenaza a la privacidad?. Diciembre 7, 2016, de Forbes Sitio web: http://www.forbes.com.mx/el-monitoreo-de-empleados-una-invasion-a-la-privacidad/#gs.Ke1cIA4
Bejarano P.. (2013). La vigilancia en internet avanza con la vigilancia de los gobiernos. Diciembre 7, 2016, de Eldiario.es Sitio web: http://www.eldiario.es/turing/vigilancia_y_privacidad/vigilancia-espionaje-mundo-paises_0_144186025.html
Universia. (2013). Leyes que regulan las redes sociales en México. Diciembre 7, 2016, de Universia México Sitio web: http://noticias.universia.net.mx/ciencia-nn-tt/noticia/2013/01/21/995340/leyes-regulan-redes-sociales-mexico.html
Felicidades Isra.
ResponderBorrarbuen articulo